Horizonte Europa: Nuevo programa de financiación de la UE para la investigación.
- La situación de la
investigación en Europa:
Está claro que la investigación y la innovación son los pilares sobre los
que descansa la economía circular. Resulta imposible desarrollar un modelo
económico circular sino se desarrollan en paralelo políticas que fomenten e
incentiven la investigación científica. No hay desarrollo sin innovación y, por
este motivo, la Unión Europea destina cada año millones de euros para financiar
proyectos de investigación en todo su territorio con el fin de afianzarse como
potencia mundial.
Esta financiación europea se encuadra dentro de diversos planes financieros
plurianuales que, a su vez, se destinan a financiar programas específicos de
muy diversa índole, dentro de los distintos ámbitos de actuación de la Unión
Europea (Cohesión, Cooperación Internacional, Agricultura o, como no,
Innovación), durante el periodo de tiempo de vigencia de los planes financieros
(siete años). El presente marco de financiación está vigente desde el año 2014
y, a través del archiconocido Programa Horizonte 2020, se han destinado
sustanciosas sumas de dinero a exitosos proyectos de investigación e innovación
en todos los Países Miembros. No obstante, al concluir este año 2020, también
finalizarán tanto el actual Marco Financiero Plurianual, como su Programa
Horizonte 2020 asociado a la investigación, por lo que, de cara a los próximos
siete años, la UE necesita nuevos instrumentos de financiación que sean capaces
de responder a las necesidades y los retos a los que ha de enfrentarse la Unión
de aquí a los próximos años.
Así las cosas, a principios de mayo, la Comisión Europea (CE) dio a conocer
su nueva propuesta de presupuesto para el periodo 2021-2027, y el nuevo Programa
Marco de Investigación e Innovación, heredero del exitoso Horizonte 2020, ya ha
sido bautizado como “Horizonte Europa” [1],
al que se prevé destinar una suma de casi 100.000 millones de euros. Aunque todavía
no ha sido aprobado, Horizonte Europa, se postula como el principal instrumento
financiero del que se va a valer la UE en los próximos años para hacer frente a
los grandes retos y amenazas que debemos combatir ya en el presente y en el
futuro más inmediato, especialmente, la actual pandemia del COVID-19 y la
crisis medioambiental, asuntos de una relevancia vital y que, sin investigación
científica y sin soluciones innovadoras, pueden poner en jaque todo nuestro
sistema económico y sanitario.
El 9 de mayo de 2019, en la ciudad rumana de Sibiu, se celebró una reunión informal de los
dirigentes de la EU-27, “para debatir y
encarar” el futuro común de la Unión Europea, en la que se trataron las principales
prioridades políticas de la agenda estratégica 2019-2024. Previamente a la
celebración de esta reunión, la Comisión Europea planteó una serie de
recomendaciones sobre los puntos que allí se tratarían[2], entre
los puntos referentes a la innovación, la CE recomendó, de cara a la futura
agenda política:
- Centrar la investigación y la innovación en las transiciones
ecológicas, sociales y económicas y en los desafíos sociales conexos.
- Aprovechar los puntos fuertes
de Europa en el plano científico para convertirse en el líder en
innovación de vanguardia y disruptiva.
- Fijar objetivos ambiciosos para problemas que nos afectan a diario,
como el desarrollo de capacidades, la lucha contra el cáncer, las
emisiones nocivas y el estado de los océanos, así como los plásticos.
- Dar prioridad a proyectos punteros de investigación e innovación que
abarquen desde la investigación y la innovación hasta su implantación.
Pese a la voluntad y el reconocimiento de líderes e instituciones de la UE,
y aun contando con una investigación y una industria punteras (con solo el 7 %
de la población mundial, Europa representa un 20 % del total de la inversión en
I+D), lo cierto es que Europa, tal y como se puede ver en el gráfico que se
adjunta a continuación, no logra convertir su vanguardismo en un liderazgo en
el ámbito de la innovación y el emprendimiento:
Fuente: COM(2018). Factsheet – a renewed agenda
Aunque que existe disparidad dentro del territorio de la UE, de media, las
empresas de la UE solo destinan un 1,3 % de inversión para I+D, una cifra
considerablemente inferior a la de las principales economías competidoras. A la
larga, y especialmente en un escenario tan volátil y cambiante como el actual,
sin inversión en investigación y desarrollo, se hace muy difícil adaptar el
modelo de negocio a las exigencias y cambios a los que se tendrán que hacer
frente en un futuro cada vez más inmediato, por lo que cualquier economía que
pretenda ser competitiva debe contar con un tejido empresarial innovador.
- Nuevo marco financiero de la UE y su Programa específico de
investigación:
Ante el estado de la investigación y la ciencia en Europa, la Comisión
Europea, en base a las recomendaciones ya reflejadas en Sibiu, y con la
voluntad de fomentar una mayor inversión en I+D por parte de las empresas
europeas, lanzó la que en su momento fue la propuesta de presupuesto destinado
a innovación más ambiciosa de la historia de la UE. Lamentablemente, no ha
estado exenta de polémica y, hoy por hoy, lo que comenzó como un proyecto ambicioso,
parece que se ha quedado en un mero proyecto más. Así pues, de los 150.000
millones de euros reclamados por la Comunidad Científica, este presupuesto se
ha ido rebajando progresivamente y, si en 2017, en el Informe Lamy, se barajaba
destinar a investigación una cifra de “al
menos 120.000 millones de euros”, ya en la propuesta de la Comisión de 2018
se hablaba de 94.000 millones de euros y, recientemente, el Presidente del
Consejo Europeo, Charles Michael, propuso reducir el presupuesto a la cifra de
89.000 millones de euros (en el marco del Fondo
InvestEU, en principio, se asignan 3.500 millones €), lo que, traducido a precios
constantes de 2018 equivale a dejarlo en 75.000 millones de euros, un 37,5%
menos de lo que pedían los expertos, algo que desde el propio Consejo Europeo
de Investigación, no han dudado en criticar[3].
Las cifras todavía se están debatiendo y no podemos afirmar cuál será el
monto que finalmente se destinará para financiar la innovación hasta que no se
aprueben los presupuestos de la UE para el ejercicio 2021-2027, a finales de
año. Quizás víctima de la pandemia del coronavirus, de la burocracia o de la
difícil coyuntura política, sea por lo que sea, parece que el Programa
Horizonte Europa no va a superar sustancialmente la inversión que recibió su
predecesor, Horizonte 2020, que ascendió a 76.880 M€. Al menos en lo que
respecta al presupuesto, durante casi una década, la innovación se estanca en
Europa, y la inversión no va a sufrir apenas evolución. Si la intención era la
de revertir la tendencia que se mostraba en la gráfica y tratar de que la UE
alcanzase a sus competidoras, desde luego, con las idas y venidas y los
brutales recortes en el presupuesto, parece difícil afirmar que la verdadera
voluntad de los líderes europeos sea la de convertir a la UE en una potencia
económica innovadora. Probablemente, dadas las circunstancias, tampoco sea del
todo justo achacar estas bruscas variaciones presupuestarias a una mera dejadez
política, pero de los compromisos iniciales a los resultados finales, lo que se
vaticinaba como un éxito, se va a quedar en una mera prolongación de lo que ya
existía.
- El Programa Horizonte Europa en detalle.
Pese a que no vaya a ser el proyecto ambicioso que se ideó, y aunque quizás
no pueda cumplir con los objetivos que se ha marcado la UE de cara a 2030, el
Programa Horizonte Europa sigue brindando oportunidades para multitud de
empresas por todo el territorio.
Conviene recalcar de nuevo que ni el marco financiero ni el Programa
Horizonte Europa (HE) están aprobados, únicamente disponemos de la Propuesta de Reglamento del Parlamento
Europeo y del Consejo por el que se crea el Programa Marco de Investigación e
Innovación «Horizonte Europa» y se establecen sus normas de participación y
difusión[4],
con fecha de 7/6/2018, y de la posterior y más reciente propuesta modificada, de
fecha 29/5/2020[5],
por lo que es probable que se produzcan ciertas modificaciones, aunque, en
líneas generales, el contenido no variará sustancialmente.
De este modo, inspirándose en recomendaciones como las ya mencionadas de
Sibiu, en experiencias pasadas y en los objetivos fijados, el futuro programa
está basado en tres ejes o pilares fundamentales sobre los que van a enmarcase
las acciones de financiación de cara a los próximos años, que, bien
aprovechados, pueden generar grandes oportunidades para miles de
investigadores, empresas y emprendedores.
Estos pilares son:
I.
Ciencia abierta. A este pilar se destinaría (en principio, el
monto aún debe ajustarse) algo menos del 25% del presupuesto. Nace con el
objetivo de “reforzar y ampliar la
excelencia de la base científica de la Unión”. Dentro de este pilar, las
opciones de participación se realizan a través de:
- Infraestructuras de investigación: Fomento de la colaboración e
intercambio de conocimiento entre investigadores.
- Financiación de proyectos de investigación
a través del Consejo Europeo de Investigación (ERC): Ya se contemplaba con Horizonte
2020. El ERC busca financiar a largo plazo proyectos de investigadores excelentes
y de sus equipos de investigación, a fin de que lleven a cabo una
investigación novedosa y potencialmente muy rentable, pero de alto
riesgo. Su objetivo específico es “reforzar
la excelencia, el dinamismo y la creatividad de la investigación
europea”.
- Acciones Marie Sklodowska-Curie
(MSCA): También
heredadas de Horizonte2020. Su objetivo es proporcionar a los
investigadores nuevos conocimientos y capacidades a través de la
movilidad y la formación, no solo entre países, sino también entre
sectores.
II.
Retos globales y competitividad industrial
europea. Es el pilar al
que se destinaría la mayor parte del presupuesto (algo menos del 50%). Su
objetivo es “impulsar las tecnologías y
soluciones clave para sustentar las políticas de la UE y los Objetivos de
Desarrollo Sostenible”. Este pilar incluye dos instrumentos novedosos:
§ Misiones de investigación e innovación: Son “iniciativas
de alto perfil y gran ambición que ofrecerán soluciones concretas a los
desafíos que enfrentan los ciudadanos y la sociedad europeos”. Están
destinadas a conseguir un objetivo
medible dentro de un período de tiempo establecido, con un impacto para la
ciencia y la tecnología y/o la sociedad y los ciudadanos que no podría lograrse
a través de acciones individuales.
Todavía tienen que definirse por parte de
los Consejos de Misiones (expertos
independientes de alto nivel, que identificarán y diseñarán las misiones
específicas para cada una de las áreas en consulta con la sociedad europea,
incluyendo sus respectivos objetivos, indicadores y plazos), y tienen que estar
encuadradas en alguna de las áreas siguientes[6]:
o
Adaptación
al cambio climático, incluida la transformación social.
o
Cáncer
o
Océanos,
mares, aguas costeras e interiores saludables
o
Ciudades
inteligentes y climáticamente neutras.
o
Salud
del suelo y alimentos.
§ Otra novedad que trae consigo este segundo
pilar, es que se estructura a través de clústeres, de manera que está diseñada
para incentivar la colaboración interdisciplinar, intersectorial, transversal e
internacional, y de este modo potenciar los efectos y aprovechar mejor el
potencial de innovación, que suele ser mayor cuando se combinan distintas
disciplinas y sectores. Estos clústeres son cinco:
o
Salud.
o
Cultura,
creatividad y sociedad inclusiva.
o
Seguridad
civil para la sociedad.
o
Mundo
digital, industria y espacio.
o
Clima,
energía y movilidad.
o
Recursos
alimentarios y naturales, bioeconomía, agricultura y medio ambiente.
§ Además, fuera de estos clústeres, se
contemplan también en este pilar las acciones directas no nucleares del Centro
Común de Investigación (JRC).
III.
Innovación abierta. Planteado con la intención de “estimular las innovaciones de vanguardia y
creadoras de mercados y los ecosistemas que propician la innovación”, y se
destinaría alrededor del 13% del presupuesto. Para lograr estos objetivos, se
establecerán los siguientes instrumentos:
§ El Consejo Europeo de Innovación (EIC):
Su creación fue aprobada en las conclusiones del Consejo Europeo de 28 de junio
de 2018, pero todavía está en fase piloto (Proyecto piloto mejorado del Consejo
Europeo de Innovación). Su objetivo es apoyar a las innovaciones de vanguardia
o disruptivas y con potencial de expansión que resulten demasiado arriesgadas
para los inversores privados (70 % del presupuesto previsto para las pymes). Se
configurará como una ventanilla única que ofrecerá un escaparate para
tecnologías de vanguardia y empresas innovadoras con potencial de crecimiento,
de modo que pueda ayudar a los innovadores a crear los mercados del futuro, a
hacer uso de la financiación privada y a expandir sus empresas.
Para ello, se valdrá de dos instrumentos
por los que se podrá optar por las diferentes vías de financiación:
o
Explorador
(Pathfinder): orientado a la ciencia. Otorgará subvenciones desde la fase
temprana de la tecnología hasta la fase precomercial.
o
Acelerador
(Accelerator): orientado al mercado. Acercará cualquier innovación a los
operadores e inversores del mercado y apoyará la ampliación de las empresas, y
proporcionará soporte para la implementación en el mercado y la ampliación de
las innovaciones y compañías emergentes de otros Pilares. Lo hará a través de subvenciones
y financiación combinada.
§ Ecosistemas europeos de innovación: La
idea es fomentar la conexión entre agentes regionales y nacionales de
innovación.
§ Instituto Europeo de Innovación y
Tecnología (EIT): Aquí entran en juego las las Knowledge and Innovation Communities (KICs), partenariados que
reúnen a empresas, centros de investigación y universidades permitiendo:
desarrollar productos y servicios innovadores en cualquier área imaginable
(cambio climático, vida saludable, etc ), el nacimiento de nuevas empresas, y
una nueva generación de emprendedores formados. Desarrollan actividades que
cubren por completo la cadena de innovación: programas de formación y
educación, reforzando el proceso desde la investigación hasta el mercado,
proyectos innovadores, incubadoras de negocios, etc. Se trata de reunir a los
agentes principales en torno a un objetivo común para fomentar la innovación.
Al margen de las especificidades de los 3 pilares, HE plantea también tres elementos transversales comunes
vigentes para la totalidad del Programa:
I.
A
lo largo de todo el Programa Horizonte Europa, se va a adoptar una política de “ciencia
abierta”, por la que se garantizará el acceso abierto obligatorio para
las publicaciones, sin que por ello los beneficiarios se y/o los autores dejen
de conservar los derechos de la propiedad intelectual necesarios para cumplir
los requisitos de acceso abierto. Igualmente, se garantiza el acceso abierto a los datos de
investigación y se promoverá el uso de la Nube
Europea de la Ciencia Abierta (EOSC)[7].
II.
Por
otra parte, se enfoca un nuevo planteamiento para las Asociaciones Europeas para la Innovación (EIPs): Lo novedoso no es
la creación de estas asociaciones, que ya existían, sino el enfoque que se les
da con Horizonte Europa. Entre sus características destacarán una arquitectura
sencilla y conjunto de herramientas, un enfoque coherente del ciclo de vida, y
una orientación estratégica.
Las asociaciones europeas son “iniciativas en las que la UE, junto con
socios privados y/o públicos, se comprometen a apoyar conjuntamente el
desarrollo y la implementación de un programa de actividades de investigación e
innovación. Los socios podrían representar a la industria, universidades,
organizaciones de investigación, organismos con un mandato de servicio público
a nivel local, regional, nacional o internacional u organizaciones de la
sociedad civil, incluidas fundaciones y ONG”. No obstante, hay que remarcar
que solo se establecerán en los casos en que logren los objetivos de HE de
manera más eficaz de lo que lo pudiesen hacer otras actividades del programa
marco. Se contemplan tres tipos de Asociaciones:
- Coprogramadas: basadas en memorandos de
entendimiento y/o acuerdos contractuales entre la Comisión y los socios
privados y/o públicos.
- Cofinanciadas: basadas en un acuerdo de
subvención entre la Comisión y el consorcio de socios, resultante de una
convocatoria de propuestas para una acción de cofinanciación del
programa en el programa de trabajo de HE.
- Institucionalizadas: se trata de programas de investigación
e innovación emprendidos por varios Estados miembros, basados en una
decisión del Consejo y del Parlamento Europeo de conformidad con el
artículo 185 del TFUE, por organismos establecidos mediante una decisión
del Consejo de conformidad con el artículo 187 del TFUE, o por las
KICsdel Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT) de
conformidad con el Reglamento del y la Agenda de innovación estratégica
del EIT. Los ámbitos para posibles asociaciones europeas
institucionalizadas cubren las siguientes áreas:
- Innovaciones en materia de salud.
- Tecnologías facilitadoras y
digitales principales.
- Metrología.
- Tráfico aéreo, aviación y
ferrocarril de la UE.
- Soluciones sostenibles de origen
biológico.
- Hidrógeno y almacenamiento de
energía sostenible.
- Movilidad
conectada y limpia.
- Pymes
innovadoras.
III.
El
tercer elemento común a los tres pilares es la Cooperación Internacional. La idea es que terceros países con buena
capacidad en materia de ciencia, tecnología e innovación estén abiertos a
participar en el Programa Horizonte Europa a través de diferentes vías (iniciativas
emblemáticas, convocatorias conjuntas, etc.), de tal modo que Europa pueda “acceder a los mejores talentos, experiencia
y recursos del mundo, y mejorar la oferta y la demanda de soluciones
innovadoras”.
Por último, la partida presupuestaria restante se
destina para financiar dos ramas (con un presupuesto repartido casi a partes
iguales entre ambos):
I.
Reforzar
el Espacio Europeo de Investigación: Se pretende lograr por dos vías:
§ Ampliando la participación: incluye acciones como mejorar la
capacidad de investigación e innovación, impulsar reformas nacionales,
facilitar la circulación del conocimiento, lanzar medidas para promover la
excelencia, crear nuevas redes de colaboración en toda la UE, etc
§ Fortaleciendo el Espacio Europeo de Investigación (EEI) : apoyará una nueva fase en el
desarrollo del EEI y las sinergias con el Espacio Europeo Educación Superior
II.
Programa
de Investigación y Formación de Euratom (2021-2025): A través de la promoción de actividades de
investigación y formación para reducir los riesgos para la seguridad nuclear,
desarrollo de tecnologías nucleares seguras y protección óptima contra la
radiación.
Al margen de la financiación aportada por el Programa HE, se
abre la puerta a crear sinergias con otros programas de la UE que compartan
objetivos comunes. Entre estos programas figurarían, por ejemplo, la política
agrícola común (PAC), el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo
Social Europeo (FSE+), el Programa Espacial Europeo, el Programa sobre el
Mercado Único, el Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE), el
Mecanismo «Conectar Europa» (MCE), el Programa Europa Digital (PED), el
programa Erasmus, los instrumentos de acción exterior (Instrumento de Vecindad,
Desarrollo y Cooperación Internacional, IVDCI, e Instrumento de Ayuda
Preadhesión, IAP III); y, muy especialmente, el fondo InvestEU, que se espera
aporte directamente 3.500 millones de euros a HE.
- Horizonte Europa en la
práctica. Vías de participación y financiación.
Está claro que los ámbitos que se van a financiar a través de HE son tan
diversos que prácticamente cualquier idea innovadora podría encontrar encaje en
alguno de los supuestos de los tres pilares. Ahora bien, de nada sirve la idea
innovadora si no se conoce a través de que vía se puede solicitar financiación
para un proyecto, o, incluso, si se puede optar si quiera por esa financiación,
o qué tipo de financiación se puede recibir. Es por ello que, en este apartado,
voy a tratar de dar respuesta a estas preguntas y tratar de explicar cuál va a
ser el procedimiento (que en líneas generales no será muy distinto al que ya se
siguió en Horizonte 2020) que va a regir durante la vigencia del Programa.
I.
¿Quién puede participar?: La respuesta a esta pregunta la hallamos en el artículo 18 de la propuesta
del Reglamento por la que se crea HE, que establece que:
“Podrán
participar en las acciones del Programa las entidades jurídicas,
independientemente de su lugar de establecimiento, o las organizaciones
internacionales que cumplan las condiciones establecidas en el presente
Reglamento y las condiciones fijadas en el programa de trabajo o la
convocatoria correspondiente”.
Quizás pudieran surgir dudas con respecto a lo que
se entiende por “entidad jurídica”,
por ello, el propio texto de la propuesta nos ofrece una serie de definiciones
en su artículo segundo, para esclarecer conceptos dudosos como este y, así, a
estos efectos, por entidad jurídica se entiende: “toda persona física o jurídica constituida y reconocida como tal en
virtud del Derecho nacional, el Derecho de la Unión o el Derecho internacional,
dotada de personalidad jurídica y que, actuando en nombre propio, pueda ejercer
derechos y estar sujeta a obligaciones”.
Es decir, a priori, en el caso de España, en
líneas generales, cualquier entidad pública o privada con personalidad jurídica
legalmente reconocida, puede participar en HE. Ahora bien, existen una serie de
requisitos formales que se han de cumplir, no es tan sencillo como presentarme
como una pequeña empresa española que quiere recibir financiación para un
proyecto innovador. Hay que tener en cuenta que se trata de un programa nacido
en el seno de la UE y con voluntad de crear una cohesión europea y con el
objetivo de generar beneficios para el conjunto de la sociedad europea, por
ello, tenemos que saltar al apartado segundo del artículo 18, que matiza unos
requisitos mínimos de participación al establecer que:
“Las
entidades formarán parte de un consorcio integrado por al menos tres entidades
jurídicas independientes, cada una de ellas establecida en un Estado miembro o
país asociado diferente, y de las que al menos una esté establecida en un
Estado miembro”.
Es decir, cualquier entidad jurídica puede
participar, como se ha visto en el punto anterior, pero para participar es
necesario hacerlo conjuntamente con al menos otras dos entidades jurídicas de
otros Estados Miembros o terceros estados asociados (existen excepciones que
permiten la participación individual, en general destinadas a acciones
formativas para investigadores). La idea es crear un consorcio europeo que
participe con un proyecto innovador común. No es necesario que todas las
entidades sean del mismo sector o que se dediquen a prestar exactamente los
mismos servicios. Por ejemplo, una entidad privada puede participar junto con
una entidad pública, y una empresa del sector del reciclaje, podría participar
con una institución dedicada a la investigación.
Llegados a este punto, entonces, la parte quizás
más compleja es la de encontrar partners o
socios con los que participar en un proyecto. Resulta complejo que, por
ejemplo, desde España, un pequeño empresario o autónomo con relativa poca
andadura comercial conozca a posibles entidades interesadas en participar en su
proyecto en otros estados miembros o asociados y, aunque pueda encontrarlas, es
muy complicado conocer a distancia cuáles van a ser el grado de compromiso o la
fiabilidad de esas entidades. Lo cierto es que, en este sentido, el documento
no ofrece respuestas a estas preguntas pero, considerando la experiencia pasada
con Horizonte 2020, la Comisión Europea pone a disposición buscadores en los
que se pueda encontrar los socios necesarios y, además, a nivel nacional, cada
estado miembro dispone también de un portal exclusivo en dónde se ofrece
información detallada del Programa, incluyendo una guía de participación,
llamadas a convocatorias, etc. Es previsible que, una vez que el Programa se
ponga en marcha (el 1 de enero de 2021), los gobiernos nacionales ya tengan los
portales listos para informar a los interesados sobre las posibilidades de
financiación y el funcionamiento del Programa[8].
II.
¿Cómo se puede participar?: Al igual que en Horizonte 2020, la participación se realizará por medio de
convocatorias de propuestas, con la novedad de que algunas de ellas se
organizarán en el marco de las misiones y asociaciones europeas de las que ya
se ha hablado.
Estas convocatorias de propuestas (call for proposals), se enmarcarán
dentro de los diferentes programas de trabajo multianuales (WP) que se
desarrollen dentro de la Comisión Europea. En los WK se establecerán las
prioridades que, en los ámbitos que conciernen a los objetivos de HE, se
quieren conseguir en el plazo de vigencia de dicho programa de trabajo (normalmente
dos años). En los programas de trabajo correspondientes a cada área de
actuación, se recogen y describen las líneas concretas de actuación (topic) de sus convocatorias, a las que
deben ajustarse los proyectos. A las propuestas se podrá acceder a través de
una plataforma (probablemente, el “Portal del Participante”, al igual que en
H2020), en la que se detallarán los objetivos del programa en cuestión, los
criterios de adjudicación, la fecha límite para solicitar participar o el
período de duración del programa, entre otras cuestiones.
Las convocatorias están reguladas en el artículo
20 de la propuesta de reglamento, y el artículo 21 abre la puerta a las
convocatorias conjuntas con terceros
países, organizaciones internacionales o entidades jurídicas sin ánimo de lucro,
entre otras. En general, un potencial participante en Horizonte Europa tendrá
dos modos de implicarse en una propuesta: a partir de una idea propia (bien
como coordinador del proyecto o participando individualmente en los
instrumentos que lo permitan), o bien uniéndose a un consorcio liderado por un
tercero. Es decir, el papel, las obligaciones y la financiación que reciba un
participante dependerá en gran medida de si actúa como coordinador del
proyecto, que tendrá más peso, o si lo hace como un socio de un coordinador.
Una vez que se decida por participar y se contacte
con los socios interesados, se deberá preparar la propuesta, un proceso que
consiste en la definición y reparto de tareas, roles y responsabilidades en el
consorcio, así como los correspondientes presupuestos, la preparación de información técnica y administrativa (imperativo que
sea en inglés) etc. Tras revisar la propuesta para ver si se ajusta a los
requisitos, criterios y objetivos de la convocatoria, se enviará a la Comisión
Europea, antes de la fecha y hora de cierre de la convocatoria, para que sea
evaluada por un comité de evaluación compuesto por expertos externos independientes, en base a los criterios de
selección y adjudicación definidos en los artículos 24 y 25, respectivamente.
Se espera que el Plan Estratégico para Horizonte
Europa 2021 – 2024 se apruebe próximamente, junto con el primer Programa de
trabajo 2021 – 2022. En enero de 2021, dará inicio la fase ejecutiva con la
apertura de las primeras convocatorias. A falta de los documentos definitivos,
disponemos de las Orientaciones para el
Primer Plan Estratégico de Horizonte Europa 2021-2027[9],
de la Comisión Europea, publicado en enero del 2020. Este documento es la base
para elaborar los primeros programas de trabajo del programa marco Horizonte
Europa, por lo que puede servirnos para hacernos una idea del contenido de las
primeras convocatorias.
III.
¿Cuáles son las vías de financiación?: La financiación se va a ofrecer, en líneas
generales, a través de cuatro instrumentos: subvenciones, premios, contratos
públicos, por un lado, y por medio de
los instrumentos financieros en el marco de las operaciones de financiación
combinada, por otro.
En general, las cuestiones que se han explicado en
el punto I. y en el punto II., están estrechamente relacionadas con las
subvenciones, que son la principal vía de financiación que se va a ofrecer. Se
regulan en el Título V del Reglamento Financiero de la Unión Europea. Si la
propuesta es finalmente aprobada y se propone para financiación, el coordinador
recibe la correspondiente notificación y comienza la fase de preparación del
“acuerdo de subvención” (Grant Agreement), un contrato con la Comisión Europea.
Tras la firma del acuerdo con la Comisión, parte de la contribución comunitaria
al proyecto se transfiere a los participantes por adelantado para que
prácticamente en toda la duración del proyecto tengan cash-flow positivo para acometer sus actividades.
En el artículo 30, se contempla una subvención a
fondo perdido del 100% del total de los costes subvencionables, para las
acciones de investigación y desarrollo, las acciones de coordinación y apoyo,
subvenciones del ERC, o acciones Marie Sklodowska-Curie; y de hasta el 70% del
total de los costes subvencionables para las acciones de innovación (salvo para
las entidades sin ánimo de lucro que participen en ellas, que puede ser de
hasta el 100%).
Los costes subvencionables están compuestos tanto
por los costes directos como por los costes indirectos. Los costes directos son
aquellos costes subvencionables directamente imputables a al proyecto o acción
(personal, viajes, subcontratación, etc.). Por su parte, los costes indirectos
son aquellos costes no imputables directamente a la acción pero que se han
generado en relación directa con los costes directos imputados. En Horizonte
Europa (igual que en H2020), los costes indirectos se calculan aplicando un
ratio fijo del 25% al total de los costes directos.
En los Capítulos III y IV de la Propuesta se
regulan muy someramente los Premios y los Contratos Públicos, remitiendo a la
regulación del Reglamento Financiero de la UE (Títulos IX y VII,
respectivamente). La concesión de premios, por un lado, está ligada a la
participación en un concurso previamente convocado; la contratación pública,
por su parte, sigue un procedimiento independiente.
Por último, la cuarta vía de financiación es la
que se regula en el Capítulo V de la propuesta del Reglamento, se trata de las
operaciones de financiación combinada y de la financiación combinada. Según el
artículo 41, las operaciones de financiación combinada, “se ejecutarán de conformidad con el programa InvestEU y con el título X
del Reglamento Financiero”. InvestEU
tiene como objetivo fomentar la participación de inversores públicos y privados
en operaciones de financiación e inversión aportando garantías, con cargo al
presupuesto de la UE, para hacer frente a fallos de mercado y situaciones de
inversión imperfectas. Esta garantía de la UE se divide en los siguientes ejes
de actuación y su principal socio será el Grupo del Banco Europeo de
Inversiones:
o
infraestructuras
sostenibles;
o
investigación,
innovación y digitalización;
o
pymes;
o
inversión
social y capacidades.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 42,
“la financiación combinada de Horizonte
Europa podrá concederse a una acción cofinanciada por el Programa cuando un
programa conjunto de Estados miembros y países asociados prevea el recurso a
instrumentos financieros en apoyo de determinadas acciones”, y se realizará
a través del instrumento “Accelerator” del Consejo Europeo de Innovación, y el
beneficiario “será una entidad jurídica
con categoría de empresa emergente, pyme o empresa de mediana capitalización
establecida en un Estado miembro o en un país asociado” (art.43). Está
financiación combinada y se concederá en base a los criterios de excelencia,
repercusión, y, por último del “nivel de
riesgo de la acción y la necesidad de recibir apoyo de la Unión”. Este
último criterio, supedita la financiación a proyectos que deriven “de otra acción financiada por Horizonte 2020
o el presente Programa, o de un programa nacional similar al programa
Explorador del Consejo Europeo de Innovación y reconocido como tal por la
Comisión”, por lo que trata, básicamente, de dar continuidad a proyectos de
gran repercusión ya iniciados por parte de programas o convocatorias
anteriores, que necesitan más financiación para conseguir sus objetivos.
- Conclusiones. El papel de la economía circular en el Programa
Horizonte Europa.
Horizonte Europa no está creado como un
programa o instrumento destinado ni exclusiva ni fundamentalmente a financiar
proyectos de economía circular, pero está claro que tampoco es necesario
mencionar expresamente el término “economía circular” para entender que, detrás
de todas las acciones de financiación concretas, las áreas de actuación
específicas, o, incluso, los propios objetivos del propio Programa, la economía
circular tiene un elevado peso específico en HE.
El Programa está ideado en concordancia con los
objetivos y prioridades políticas de la Comisión, que están respaldadas por los
impactos específicos propuestos para Horizonte Europa. Así, en las Orientaciones
de la Comisión Europea para implementar el primer Plan Estratégico, que servirá
de referencia para impulsar el primer plan de trabajo, del que nacerán las
primeras convocatorias, además de ofrecer un enfoque principal sobre el Pilar
II “Desafíos mundiales y competitividad industrial europea”, se ofrece un “resumen de las orientaciones específicas de
cada uno de los clústeres”; en este texto, se menciona a la economía
circular en más de 50 ocasiones, a lo largo de todo el documento y con
presencia en prácticamente todos los clústeres.
De este modo, por poner solo algunos ejemplos, en
relación a la innovación en los ámbitos digital, industrial y espacial (Clúster
4) se considera que HE, “contribuirá a
transformar la UE en una economía circular y climáticamente neutra”, y sus
objetivos se centrarán fundamentalmente en conseguir industrias climáticamente
neutrales, circulares y limpias; en lograr mayor autonomía de las materias
primas críticas; o en fomentar soluciones tecnológicas y digitales que
contribuyan a la descarbonización de sectores económicos claves (por ejemplo,
energía, construcción, transporte). Con respecto al Clúster 5 (clima, energía y
movilidad), también se insiste en que el objetivo es “transformar la UE en una sociedad climáticamente neutra y resiliente”,
por medio de acciones que brinden soluciones de transporte competitivas y con
bajas emisiones de carbono en todos los medios (carretera, ferrocarril, aviación
y por agua). El clúster 6 (Recursos alimentarios y naturales, bioeconomía,
agricultura y medio ambiente), “promoverá el conocimiento, desarrollará
capacidades y soluciones innovadoras para acelerar la transición hacia una
gestión y un uso sostenible de los recursos naturales terrestres y marinos,
asegurando también la integridad del ecosistema como un desarrollo sostenible y
el bienestar humano, incluida la seguridad del agua, la alimentación y la
nutrición, en la UE y a nivel mundial”. Para lograr esto se considera
primordial desarrollar acciones que vayan encaminadas a una mejor comprensión
de los límites planetarios que facilite soluciones innovadoras para la gestión
y el uso sostenible y circular de los recursos naturales, así como prevención y
eliminación de la contaminación, garantizando suelos saludables y agua y aire limpios
para todos, además de impulsar la competitividad, la creación de valor y
puestos de trabajo atractivos.
Podría seguir citando innumerables ejemplos que, a
lo largo de todo el documento de las orientaciones, instan a la consecución de
un modelo circular basado en la innovación y en la investigación. Lo importante
es que extraigamos la idea de que este Programa de financiación puede ser un
auténtico revulsivo para que proyectos de economía circular puedan encontrar
una salida y contribuyan a generar una sociedad más sostenible e inspirada en
un modelo de desarrollo circular.
[1] Comisión Europea, 2020. Propuesta Modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte
Europa» y se establecen sus normas de participación y difusión. Bruselas.
Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52020PC0459&from=ES
[2] Comisión Europea, 2019. Europa en mayo de 2019: Preparación para una Unión más Unida, más
fuerte y más democrática en un mundo sumido en una incertidumbre creciente
(ES). Contribución de la Comisión Europea a le reunión informal de los
dirigente de la EU-27 en Sibiu (Rumanía) El 9 de mayo de 2019. Futuro de Europa. Luxemburgo: Oficina de
Publicaciones de la Unión Europea. Disponible en:
https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/comm_sibiu_06-05_es.pdf
[3] European Research Council, 2020. ERC SCIENTIFIC COUNCIL DISMAYED BY EUROPEAN
COUNCIL PRESIDENT’S BUDGET PROPOSAL.
Disponible en: https://erc.europa.eu/news/erc-scientific-council-dismayed-european-council-president%E2%80%99s-budget-proposal
[4] El documento completo puede
consultarse en el siguiente link:
[5] Puede ser consultada en: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=cellar:b8518ec6-6a2f-11e8-9483-01aa75ed71a1.0015.02/DOC_1&format=PDF
[6] Se puede consultar más información
acerca de las misiones propuestas en el siguiente enlace: https://eshorizonte2020.es/actualidad/noticias/horizonte-europa-expertos-proponen-un-conjunto-de-posibles-misiones-para-futuras-consultas-con-europeos
[7] La EOSC es ventanilla única virtual, en
funcionamiento desde el 22 de noviembre de 2018, en la que los investigadores
pueden almacenar sus datos de forma segura e intercambiarlos a través de las
fronteras, no solo con otros investigadores y científicos, sino con el conjunto
de la sociedad. La EOSC aboga por un modelo distribuido y por aprovechar las
infraestructuras de investigación y los repositorios de acceso abierto ya
existentes en el espacio europeo para fomentar una integración entre ellas,
compartir resultados de investigación y herramientas que cubran todos los
aspectos de la gestión de los llamados datos “FAIR” (fáciles de encontrar,
accesibles, interoperables y reutilizables). Se puede consultar la nube en el
siguiente enlace: https://www.eosc-portal.eu/
[8] Con respecto a esta cuestión, podría ser
interesante consultar el Informe “Coherence
and Synergies of candidate European Partnerships under Horizon Europe“, de
muy reciente creación y disponible en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/research_and_innovation/funding/documents/ec_rtd_coherence-synergies-of-ep-under-he.pdf
[9] El documento completo (en inglés)
puede consultarse en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/research_and_innovation/strategy_on_research_and_innovation/documents/ec_rtd_orientations-he-strategic-plan_122019.pdf
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