Horizonte Europa: Nuevo programa de financiación de la UE para la investigación.

 

  1. La situación de la investigación en Europa:

Está claro que la investigación y la innovación son los pilares sobre los que descansa la economía circular. Resulta imposible desarrollar un modelo económico circular sino se desarrollan en paralelo políticas que fomenten e incentiven la investigación científica. No hay desarrollo sin innovación y, por este motivo, la Unión Europea destina cada año millones de euros para financiar proyectos de investigación en todo su territorio con el fin de afianzarse como potencia mundial.

Esta financiación europea se encuadra dentro de diversos planes financieros plurianuales que, a su vez, se destinan a financiar programas específicos de muy diversa índole, dentro de los distintos ámbitos de actuación de la Unión Europea (Cohesión, Cooperación Internacional, Agricultura o, como no, Innovación), durante el periodo de tiempo de vigencia de los planes financieros (siete años). El presente marco de financiación está vigente desde el año 2014 y, a través del archiconocido Programa Horizonte 2020, se han destinado sustanciosas sumas de dinero a exitosos proyectos de investigación e innovación en todos los Países Miembros. No obstante, al concluir este año 2020, también finalizarán tanto el actual Marco Financiero Plurianual, como su Programa Horizonte 2020 asociado a la investigación, por lo que, de cara a los próximos siete años, la UE necesita nuevos instrumentos de financiación que sean capaces de responder a las necesidades y los retos a los que ha de enfrentarse la Unión de aquí a los próximos años.

Así las cosas, a principios de mayo, la Comisión Europea (CE) dio a conocer su nueva propuesta de presupuesto para el periodo 2021-2027, y el nuevo Programa Marco de Investigación e Innovación, heredero del exitoso Horizonte 2020, ya ha sido bautizado como “Horizonte Europa” [1], al que se prevé destinar una suma de casi 100.000 millones de euros. Aunque todavía no ha sido aprobado, Horizonte Europa, se postula como el principal instrumento financiero del que se va a valer la UE en los próximos años para hacer frente a los grandes retos y amenazas que debemos combatir ya en el presente y en el futuro más inmediato, especialmente, la actual pandemia del COVID-19 y la crisis medioambiental, asuntos de una relevancia vital y que, sin investigación científica y sin soluciones innovadoras, pueden poner en jaque todo nuestro sistema económico y sanitario.

El 9 de mayo de 2019, en la ciudad rumana de Sibiu,  se celebró una reunión informal de los dirigentes de la EU-27, “para debatir y encarar” el futuro común de la Unión Europea, en la que se trataron las principales prioridades políticas de la agenda estratégica 2019-2024. Previamente a la celebración de esta reunión, la Comisión Europea planteó una serie de recomendaciones sobre los puntos que allí se tratarían[2], entre los puntos referentes a la innovación, la CE recomendó, de cara a la futura agenda política:

  1. Centrar la investigación y la innovación en las transiciones ecológicas, sociales y económicas y en los desafíos sociales conexos.
  2.  Aprovechar los puntos fuertes de Europa en el plano científico para convertirse en el líder en innovación de vanguardia y disruptiva.
  3. Fijar objetivos ambiciosos para problemas que nos afectan a diario, como el desarrollo de capacidades, la lucha contra el cáncer, las emisiones nocivas y el estado de los océanos, así como los plásticos.
  4. Dar prioridad a proyectos punteros de investigación e innovación que abarquen desde la investigación y la innovación hasta su implantación.

Pese a la voluntad y el reconocimiento de líderes e instituciones de la UE, y aun contando con una investigación y una industria punteras (con solo el 7 % de la población mundial, Europa representa un 20 % del total de la inversión en I+D), lo cierto es que Europa, tal y como se puede ver en el gráfico que se adjunta a continuación, no logra convertir su vanguardismo en un liderazgo en el ámbito de la innovación y el emprendimiento:

                                                                    


                                                        Fuente: COM(2018). Factsheet – a renewed agenda

Aunque que existe disparidad dentro del territorio de la UE, de media, las empresas de la UE solo destinan un 1,3 % de inversión para I+D, una cifra considerablemente inferior a la de las principales economías competidoras. A la larga, y especialmente en un escenario tan volátil y cambiante como el actual, sin inversión en investigación y desarrollo, se hace muy difícil adaptar el modelo de negocio a las exigencias y cambios a los que se tendrán que hacer frente en un futuro cada vez más inmediato, por lo que cualquier economía que pretenda ser competitiva debe contar con un tejido empresarial innovador.

  1. Nuevo marco financiero de la UE y su Programa específico de investigación:

Ante el estado de la investigación y la ciencia en Europa, la Comisión Europea, en base a las recomendaciones ya reflejadas en Sibiu, y con la voluntad de fomentar una mayor inversión en I+D por parte de las empresas europeas, lanzó la que en su momento fue la propuesta de presupuesto destinado a innovación más ambiciosa de la historia de la UE. Lamentablemente, no ha estado exenta de polémica y, hoy por hoy, lo que comenzó como un proyecto ambicioso, parece que se ha quedado en un mero proyecto más. Así pues, de los 150.000 millones de euros reclamados por la Comunidad Científica, este presupuesto se ha ido rebajando progresivamente y, si en 2017, en el Informe Lamy, se barajaba destinar a investigación una cifra de “al menos 120.000 millones de euros”, ya en la propuesta de la Comisión de 2018 se hablaba de 94.000 millones de euros y, recientemente, el Presidente del Consejo Europeo, Charles Michael, propuso reducir el presupuesto a la cifra de 89.000 millones de euros (en el marco del Fondo InvestEU, en principio, se asignan 3.500 millones €), lo que, traducido a precios constantes de 2018 equivale a dejarlo en 75.000 millones de euros, un 37,5% menos de lo que pedían los expertos, algo que desde el propio Consejo Europeo de Investigación, no han dudado en criticar[3].

Las cifras todavía se están debatiendo y no podemos afirmar cuál será el monto que finalmente se destinará para financiar la innovación hasta que no se aprueben los presupuestos de la UE para el ejercicio 2021-2027, a finales de año. Quizás víctima de la pandemia del coronavirus, de la burocracia o de la difícil coyuntura política, sea por lo que sea, parece que el Programa Horizonte Europa no va a superar sustancialmente la inversión que recibió su predecesor, Horizonte 2020, que ascendió a 76.880 M€. Al menos en lo que respecta al presupuesto, durante casi una década, la innovación se estanca en Europa, y la inversión no va a sufrir apenas evolución. Si la intención era la de revertir la tendencia que se mostraba en la gráfica y tratar de que la UE alcanzase a sus competidoras, desde luego, con las idas y venidas y los brutales recortes en el presupuesto, parece difícil afirmar que la verdadera voluntad de los líderes europeos sea la de convertir a la UE en una potencia económica innovadora. Probablemente, dadas las circunstancias, tampoco sea del todo justo achacar estas bruscas variaciones presupuestarias a una mera dejadez política, pero de los compromisos iniciales a los resultados finales, lo que se vaticinaba como un éxito, se va a quedar en una mera prolongación de lo que ya existía.

  1. El Programa Horizonte Europa en detalle.

Pese a que no vaya a ser el proyecto ambicioso que se ideó, y aunque quizás no pueda cumplir con los objetivos que se ha marcado la UE de cara a 2030, el Programa Horizonte Europa sigue brindando oportunidades para multitud de empresas por todo el territorio.

Conviene recalcar de nuevo que ni el marco financiero ni el Programa Horizonte Europa (HE) están aprobados, únicamente disponemos de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa» y se establecen sus normas de participación y difusión[4], con fecha de 7/6/2018, y de la posterior y más reciente propuesta modificada, de fecha 29/5/2020[5], por lo que es probable que se produzcan ciertas modificaciones, aunque, en líneas generales, el contenido no variará sustancialmente.

De este modo, inspirándose en recomendaciones como las ya mencionadas de Sibiu, en experiencias pasadas y en los objetivos fijados, el futuro programa está basado en tres ejes o pilares fundamentales sobre los que van a enmarcase las acciones de financiación de cara a los próximos años, que, bien aprovechados, pueden generar grandes oportunidades para miles de investigadores, empresas y emprendedores.

 

 

Estos pilares son:

                    I.            Ciencia abierta. A este pilar se destinaría (en principio, el monto aún debe ajustarse) algo menos del 25% del presupuesto. Nace con el objetivo de “reforzar y ampliar la excelencia de la base científica de la Unión”. Dentro de este pilar, las opciones de participación se realizan a través de:

      • Infraestructuras de investigación: Fomento de la colaboración e intercambio de conocimiento entre investigadores.
      • Financiación de proyectos de investigación a través del Consejo Europeo de Investigación (ERC): Ya se contemplaba con Horizonte 2020. El ERC busca financiar a largo plazo  proyectos de investigadores excelentes y de sus equipos de investigación, a fin de que lleven a cabo una investigación novedosa y potencialmente muy rentable, pero de alto riesgo. Su objetivo específico es “reforzar la excelencia, el dinamismo y la creatividad de la investigación europea”.
      • Acciones Marie Sklodowska-Curie (MSCA): También heredadas de Horizonte2020. Su objetivo es proporcionar a los investigadores nuevos conocimientos y capacidades a través de la movilidad y la formación, no solo entre países, sino también entre sectores.

                  II.            Retos globales y competitividad industrial europea. Es el pilar al que se destinaría la mayor parte del presupuesto (algo menos del 50%). Su objetivo es “impulsar las tecnologías y soluciones clave para sustentar las políticas de la UE y los Objetivos de Desarrollo Sostenible”. Este pilar incluye dos instrumentos novedosos:

§  Misiones de investigación e innovación: Son “iniciativas de alto perfil y gran ambición que ofrecerán soluciones concretas a los desafíos que enfrentan los ciudadanos y la sociedad europeos”. Están destinadas a conseguir un objetivo medible dentro de un período de tiempo establecido, con un impacto para la ciencia y la tecnología y/o la sociedad y los ciudadanos que no podría lograrse a través de acciones individuales.

Todavía tienen que definirse por parte de los Consejos de Misiones (expertos independientes de alto nivel, que identificarán y diseñarán las misiones específicas para cada una de las áreas en consulta con la sociedad europea, incluyendo sus respectivos objetivos, indicadores y plazos), y tienen que estar encuadradas en alguna de las áreas siguientes[6]:

o   Adaptación al cambio climático, incluida la transformación social.

o   Cáncer

o   Océanos, mares, aguas costeras e interiores saludables

o   Ciudades inteligentes y climáticamente neutras.

o   Salud del suelo y alimentos.

§  Otra novedad que trae consigo este segundo pilar, es que se estructura a través de clústeres, de manera que está diseñada para incentivar la colaboración interdisciplinar, intersectorial, transversal e internacional, y de este modo potenciar los efectos y aprovechar mejor el potencial de innovación, que suele ser mayor cuando se combinan distintas disciplinas y sectores. Estos clústeres son cinco:

o   Salud.

o   Cultura, creatividad y sociedad inclusiva.

o   Seguridad civil para la sociedad.

o   Mundo digital, industria y espacio.

o   Clima, energía y movilidad.

o   Recursos alimentarios y naturales, bioeconomía, agricultura y medio ambiente.

§  Además, fuera de estos clústeres, se contemplan también en este pilar las acciones directas no nucleares del Centro Común de Investigación (JRC).

                III.            Innovación abierta. Planteado con la intención de “estimular las innovaciones de vanguardia y creadoras de mercados y los ecosistemas que propician la innovación”, y se destinaría alrededor del 13% del presupuesto. Para lograr estos objetivos, se establecerán los siguientes instrumentos:

§  El Consejo Europeo de Innovación (EIC): Su creación fue aprobada en las conclusiones del Consejo Europeo de 28 de junio de 2018, pero todavía está en fase piloto (Proyecto piloto mejorado del Consejo Europeo de Innovación). Su objetivo es apoyar a las innovaciones de vanguardia o disruptivas y con potencial de expansión que resulten demasiado arriesgadas para los inversores privados (70 % del presupuesto previsto para las pymes). Se configurará como una ventanilla única que ofrecerá un escaparate para tecnologías de vanguardia y empresas innovadoras con potencial de crecimiento, de modo que pueda ayudar a los innovadores a crear los mercados del futuro, a hacer uso de la financiación privada y a expandir sus empresas.

Para ello, se valdrá de dos instrumentos por los que se podrá optar por las diferentes vías de financiación:

o   Explorador (Pathfinder): orientado a la ciencia. Otorgará subvenciones desde la fase temprana de la tecnología hasta la fase precomercial.

o   Acelerador (Accelerator): orientado al mercado. Acercará cualquier innovación a los operadores e inversores del mercado y apoyará la ampliación de las empresas, y proporcionará soporte para la implementación en el mercado y la ampliación de las innovaciones y compañías emergentes de otros Pilares. Lo hará a través de subvenciones y financiación combinada.

§  Ecosistemas europeos de innovación: La idea es fomentar la conexión entre agentes regionales y nacionales de innovación.

§  Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT): Aquí entran en juego las las Knowledge and Innovation Communities (KICs), partenariados que reúnen a empresas, centros de investigación y universidades permitiendo: desarrollar productos y servicios innovadores en cualquier área imaginable (cambio climático, vida saludable, etc ), el nacimiento de nuevas empresas, y una nueva generación de emprendedores formados. Desarrollan actividades que cubren por completo la cadena de innovación: programas de formación y educación, reforzando el proceso desde la investigación hasta el mercado, proyectos innovadores, incubadoras de negocios, etc. Se trata de reunir a los agentes principales en torno a un objetivo común para fomentar la innovación.

Al margen de las especificidades de los 3 pilares, HE plantea también tres elementos transversales comunes vigentes para la totalidad del Programa: 

                    I.            A lo largo de todo el Programa Horizonte Europa, se va a adoptar una política de ciencia abierta, por la que se garantizará el acceso abierto obligatorio para las publicaciones, sin que por ello los beneficiarios se y/o los autores dejen de conservar los derechos de la propiedad intelectual necesarios para cumplir los requisitos de acceso abierto. Igualmente, se  garantiza el acceso abierto a los datos de investigación y se promoverá el uso de la Nube Europea de la Ciencia Abierta (EOSC)[7].

                  II.            Por otra parte, se enfoca un nuevo planteamiento para las Asociaciones Europeas para la Innovación (EIPs): Lo novedoso no es la creación de estas asociaciones, que ya existían, sino el enfoque que se les da con Horizonte Europa. Entre sus características destacarán una arquitectura sencilla y conjunto de herramientas, un enfoque coherente del ciclo de vida, y una orientación estratégica.

Las asociaciones europeas son “iniciativas en las que la UE, junto con socios privados y/o públicos, se comprometen a apoyar conjuntamente el desarrollo y la implementación de un programa de actividades de investigación e innovación. Los socios podrían representar a la industria, universidades, organizaciones de investigación, organismos con un mandato de servicio público a nivel local, regional, nacional o internacional u organizaciones de la sociedad civil, incluidas fundaciones y ONG”. No obstante, hay que remarcar que solo se establecerán en los casos en que logren los objetivos de HE de manera más eficaz de lo que lo pudiesen hacer otras actividades del programa marco. Se contemplan tres tipos de Asociaciones:

      • Coprogramadas: basadas en memorandos de entendimiento y/o acuerdos contractuales entre la Comisión y los socios privados y/o públicos.
      • Cofinanciadas: basadas en un acuerdo de subvención entre la Comisión y el consorcio de socios, resultante de una convocatoria de propuestas para una acción de cofinanciación del programa en el programa de trabajo de HE.
      • Institucionalizadas: se trata de programas de investigación e innovación emprendidos por varios Estados miembros, basados en una decisión del Consejo y del Parlamento Europeo de conformidad con el artículo 185 del TFUE, por organismos establecidos mediante una decisión del Consejo de conformidad con el artículo 187 del TFUE, o por las KICsdel Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT) de conformidad con el Reglamento del y la Agenda de innovación estratégica del EIT. Los ámbitos para posibles asociaciones europeas institucionalizadas cubren las siguientes áreas:
        • Innovaciones en materia de salud.
        • Tecnologías facilitadoras y digitales principales.
        • Metrología.
        • Tráfico aéreo, aviación y ferrocarril de la UE.
        • Soluciones sostenibles de origen biológico.
        • Hidrógeno y almacenamiento de energía sostenible.
        • Movilidad conectada y limpia.
        • Pymes innovadoras.

                III.            El tercer elemento común a los tres pilares es la Cooperación Internacional. La idea es que terceros países con buena capacidad en materia de ciencia, tecnología e innovación estén abiertos a participar en el Programa Horizonte Europa a través de diferentes vías (iniciativas emblemáticas, convocatorias conjuntas, etc.), de tal modo que Europa pueda “acceder a los mejores talentos, experiencia y recursos del mundo, y mejorar la oferta y la demanda de soluciones innovadoras”.

Por último, la partida presupuestaria restante se destina para financiar dos ramas (con un presupuesto repartido casi a partes iguales entre ambos):

                    I.            Reforzar el Espacio Europeo de Investigación: Se pretende lograr por dos vías:

§  Ampliando la participación: incluye acciones como mejorar la capacidad de investigación e innovación, impulsar reformas nacionales, facilitar la circulación del conocimiento, lanzar medidas para promover la excelencia, crear nuevas redes de colaboración en toda la UE, etc

§  Fortaleciendo el  Espacio Europeo de Investigación (EEI) : apoyará una nueva fase en el desarrollo del EEI y las sinergias con el Espacio Europeo Educación Superior

                  II.            Programa de Investigación y Formación de Euratom (2021-2025): A través de la promoción de actividades de investigación y formación para reducir los riesgos para la seguridad nuclear, desarrollo de tecnologías nucleares seguras y protección óptima contra la radiación.

Al margen de la financiación aportada por el Programa HE,  se abre la puerta a crear sinergias con otros programas de la UE que compartan objetivos comunes. Entre estos programas figurarían, por ejemplo, la política agrícola común (PAC), el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE+), el Programa Espacial Europeo, el Programa sobre el Mercado Único, el Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE), el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE), el Programa Europa Digital (PED), el programa Erasmus, los instrumentos de acción exterior (Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional, IVDCI, e Instrumento de Ayuda Preadhesión, IAP III); y, muy especialmente, el fondo InvestEU, que se espera aporte directamente 3.500 millones de euros a HE.

  1.  Horizonte Europa en la práctica. Vías de participación y financiación.

Está claro que los ámbitos que se van a financiar a través de HE son tan diversos que prácticamente cualquier idea innovadora podría encontrar encaje en alguno de los supuestos de los tres pilares. Ahora bien, de nada sirve la idea innovadora si no se conoce a través de que vía se puede solicitar financiación para un proyecto, o, incluso, si se puede optar si quiera por esa financiación, o qué tipo de financiación se puede recibir. Es por ello que, en este apartado, voy a tratar de dar respuesta a estas preguntas y tratar de explicar cuál va a ser el procedimiento (que en líneas generales no será muy distinto al que ya se siguió en Horizonte 2020) que va a regir durante la vigencia del Programa.

                    I.            ¿Quién puede participar?: La respuesta a esta pregunta la hallamos en el artículo 18 de la propuesta del Reglamento por la que se crea HE, que establece que:

Podrán participar en las acciones del Programa las entidades jurídicas, independientemente de su lugar de establecimiento, o las organizaciones internacionales que cumplan las condiciones establecidas en el presente Reglamento y las condiciones fijadas en el programa de trabajo o la convocatoria correspondiente”.

Quizás pudieran surgir dudas con respecto a lo que se entiende por “entidad jurídica”, por ello, el propio texto de la propuesta nos ofrece una serie de definiciones en su artículo segundo, para esclarecer conceptos dudosos como este y, así, a estos efectos, por entidad jurídica se entiende: “toda persona física o jurídica constituida y reconocida como tal en virtud del Derecho nacional, el Derecho de la Unión o el Derecho internacional, dotada de personalidad jurídica y que, actuando en nombre propio, pueda ejercer derechos y estar sujeta a obligaciones”.

Es decir, a priori, en el caso de España, en líneas generales, cualquier entidad pública o privada con personalidad jurídica legalmente reconocida, puede participar en HE. Ahora bien, existen una serie de requisitos formales que se han de cumplir, no es tan sencillo como presentarme como una pequeña empresa española que quiere recibir financiación para un proyecto innovador. Hay que tener en cuenta que se trata de un programa nacido en el seno de la UE y con voluntad de crear una cohesión europea y con el objetivo de generar beneficios para el conjunto de la sociedad europea, por ello, tenemos que saltar al apartado segundo del artículo 18, que matiza unos requisitos mínimos de participación al establecer que:

Las entidades formarán parte de un consorcio integrado por al menos tres entidades jurídicas independientes, cada una de ellas establecida en un Estado miembro o país asociado diferente, y de las que al menos una esté establecida en un Estado miembro”.

Es decir, cualquier entidad jurídica puede participar, como se ha visto en el punto anterior, pero para participar es necesario hacerlo conjuntamente con al menos otras dos entidades jurídicas de otros Estados Miembros o terceros estados asociados (existen excepciones que permiten la participación individual, en general destinadas a acciones formativas para investigadores). La idea es crear un consorcio europeo que participe con un proyecto innovador común. No es necesario que todas las entidades sean del mismo sector o que se dediquen a prestar exactamente los mismos servicios. Por ejemplo, una entidad privada puede participar junto con una entidad pública, y una empresa del sector del reciclaje, podría participar con una institución dedicada a la investigación.

Llegados a este punto, entonces, la parte quizás más compleja es la de encontrar partners o socios con los que participar en un proyecto. Resulta complejo que, por ejemplo, desde España, un pequeño empresario o autónomo con relativa poca andadura comercial conozca a posibles entidades interesadas en participar en su proyecto en otros estados miembros o asociados y, aunque pueda encontrarlas, es muy complicado conocer a distancia cuáles van a ser el grado de compromiso o la fiabilidad de esas entidades. Lo cierto es que, en este sentido, el documento no ofrece respuestas a estas preguntas pero, considerando la experiencia pasada con Horizonte 2020, la Comisión Europea pone a disposición buscadores en los que se pueda encontrar los socios necesarios y, además, a nivel nacional, cada estado miembro dispone también de un portal exclusivo en dónde se ofrece información detallada del Programa, incluyendo una guía de participación, llamadas a convocatorias, etc. Es previsible que, una vez que el Programa se ponga en marcha (el 1 de enero de 2021), los gobiernos nacionales ya tengan los portales listos para informar a los interesados sobre las posibilidades de financiación y el funcionamiento del Programa[8].  

                  II.            ¿Cómo se puede participar?: Al igual que en Horizonte 2020, la participación se realizará por medio de convocatorias de propuestas, con la novedad de que algunas de ellas se organizarán en el marco de las misiones y asociaciones europeas de las que ya se ha hablado.

Estas convocatorias de propuestas (call for proposals), se enmarcarán dentro de los diferentes programas de trabajo multianuales (WP) que se desarrollen dentro de la Comisión Europea. En los WK se establecerán las prioridades que, en los ámbitos que conciernen a los objetivos de HE, se quieren conseguir en el plazo de vigencia de dicho programa de trabajo (normalmente dos años). En los programas de trabajo correspondientes a cada área de actuación, se recogen y describen las líneas concretas de actuación (topic) de sus convocatorias, a las que deben ajustarse los proyectos. A las propuestas se podrá acceder a través de una plataforma (probablemente, el “Portal del Participante”, al igual que en H2020), en la que se detallarán los objetivos del programa en cuestión, los criterios de adjudicación, la fecha límite para solicitar participar o el período de duración del programa, entre otras cuestiones.

Las convocatorias están reguladas en el artículo 20 de la propuesta de reglamento, y el artículo 21 abre la puerta a las convocatorias conjuntas  con terceros países, organizaciones internacionales o entidades jurídicas sin ánimo de lucro, entre otras. En general, un potencial participante en Horizonte Europa tendrá dos modos de implicarse en una propuesta: a partir de una idea propia (bien como coordinador del proyecto o participando individualmente en los instrumentos que lo permitan), o bien uniéndose a un consorcio liderado por un tercero. Es decir, el papel, las obligaciones y la financiación que reciba un participante dependerá en gran medida de si actúa como coordinador del proyecto, que tendrá más peso, o si lo hace como un socio de un coordinador.

Una vez que se decida por participar y se contacte con los socios interesados, se deberá preparar la propuesta, un proceso que consiste en la definición y reparto de tareas, roles y responsabilidades en el consorcio, así como los correspondientes presupuestos, la preparación de información técnica y administrativa (imperativo que sea en inglés) etc. Tras revisar la propuesta para ver si se ajusta a los requisitos, criterios y objetivos de la convocatoria, se enviará a la Comisión Europea, antes de la fecha y hora de cierre de la convocatoria, para que sea evaluada por un comité de evaluación compuesto por expertos externos independientes, en base a los criterios de selección y adjudicación definidos en los artículos 24 y 25, respectivamente.

Se espera que el Plan Estratégico para Horizonte Europa 2021 – 2024 se apruebe próximamente, junto con el primer Programa de trabajo 2021 – 2022. En enero de 2021, dará inicio la fase ejecutiva con la apertura de las primeras convocatorias. A falta de los documentos definitivos, disponemos de las Orientaciones para el Primer Plan Estratégico de Horizonte Europa 2021-2027[9], de la Comisión Europea, publicado en enero del 2020. Este documento es la base para elaborar los primeros programas de trabajo del programa marco Horizonte Europa, por lo que puede servirnos para hacernos una idea del contenido de las primeras convocatorias.

                III.            ¿Cuáles son las vías de financiación?: La financiación se va a ofrecer, en líneas generales, a través de cuatro instrumentos: subvenciones, premios, contratos públicos, por un lado,  y por medio de los instrumentos financieros en el marco de las operaciones de financiación combinada, por otro.

En general, las cuestiones que se han explicado en el punto I. y en el punto II., están estrechamente relacionadas con las subvenciones, que son la principal vía de financiación que se va a ofrecer. Se regulan en el Título V del Reglamento Financiero de la Unión Europea. Si la propuesta es finalmente aprobada y se propone para financiación, el coordinador recibe la correspondiente notificación y comienza la fase de preparación del “acuerdo de subvención” (Grant Agreement), un contrato con la Comisión Europea. Tras la firma del acuerdo con la Comisión, parte de la contribución comunitaria al proyecto se transfiere a los participantes por adelantado para que prácticamente en toda la duración del proyecto tengan cash-flow positivo para acometer sus actividades.

En el artículo 30, se contempla una subvención a fondo perdido del 100% del total de los costes subvencionables, para las acciones de investigación y desarrollo, las acciones de coordinación y apoyo, subvenciones del ERC, o acciones Marie Sklodowska-Curie; y de hasta el 70% del total de los costes subvencionables para las acciones de innovación (salvo para las entidades sin ánimo de lucro que participen en ellas, que puede ser de hasta el 100%).

Los costes subvencionables están compuestos tanto por los costes directos como por los costes indirectos. Los costes directos son aquellos costes subvencionables directamente imputables a al proyecto o acción (personal, viajes, subcontratación, etc.). Por su parte, los costes indirectos son aquellos costes no imputables directamente a la acción pero que se han generado en relación directa con los costes directos imputados. En Horizonte Europa (igual que en H2020), los costes indirectos se calculan aplicando un ratio fijo del 25% al total de los costes directos.

En los Capítulos III y IV de la Propuesta se regulan muy someramente los Premios y los Contratos Públicos, remitiendo a la regulación del Reglamento Financiero de la UE (Títulos IX y VII, respectivamente). La concesión de premios, por un lado, está ligada a la participación en un concurso previamente convocado; la contratación pública, por su parte, sigue un procedimiento independiente.

Por último, la cuarta vía de financiación es la que se regula en el Capítulo V de la propuesta del Reglamento, se trata de las operaciones de financiación combinada y de la financiación combinada. Según el artículo 41, las operaciones de financiación combinada, “se ejecutarán de conformidad con el programa InvestEU y con el título X del Reglamento Financiero”. InvestEU tiene como objetivo fomentar la participación de inversores públicos y privados en operaciones de financiación e inversión aportando garantías, con cargo al presupuesto de la UE, para hacer frente a fallos de mercado y situaciones de inversión imperfectas. Esta garantía de la UE se divide en los siguientes ejes de actuación y su principal socio será el Grupo del Banco Europeo de Inversiones:

o   infraestructuras sostenibles;

o   investigación, innovación y digitalización;

o   pymes;

o   inversión social y capacidades.

Por otra parte, de conformidad con el artículo 42, “la financiación combinada de Horizonte Europa podrá concederse a una acción cofinanciada por el Programa cuando un programa conjunto de Estados miembros y países asociados prevea el recurso a instrumentos financieros en apoyo de determinadas acciones”, y se realizará a través del instrumento “Accelerator” del Consejo Europeo de Innovación, y el beneficiario “será una entidad jurídica con categoría de empresa emergente, pyme o empresa de mediana capitalización establecida en un Estado miembro o en un país asociado” (art.43). Está financiación combinada y se concederá en base a los criterios de excelencia, repercusión, y, por último del “nivel de riesgo de la acción y la necesidad de recibir apoyo de la Unión”. Este último criterio, supedita la financiación a proyectos que deriven “de otra acción financiada por Horizonte 2020 o el presente Programa, o de un programa nacional similar al programa Explorador del Consejo Europeo de Innovación y reconocido como tal por la Comisión”, por lo que trata, básicamente, de dar continuidad a proyectos de gran repercusión ya iniciados por parte de programas o convocatorias anteriores, que necesitan más financiación para conseguir sus objetivos.

 

  1. Conclusiones. El papel de la economía circular en el Programa Horizonte Europa.

Horizonte Europa no está creado como un programa o instrumento destinado ni exclusiva ni fundamentalmente a financiar proyectos de economía circular, pero está claro que tampoco es necesario mencionar expresamente el término “economía circular” para entender que, detrás de todas las acciones de financiación concretas, las áreas de actuación específicas, o, incluso, los propios objetivos del propio Programa, la economía circular tiene un elevado peso específico en HE.

El Programa está ideado en concordancia con los objetivos y prioridades políticas de la Comisión, que están respaldadas por los impactos específicos propuestos para Horizonte Europa. Así, en las Orientaciones de la Comisión Europea para implementar el primer Plan Estratégico, que servirá de referencia para impulsar el primer plan de trabajo, del que nacerán las primeras convocatorias, además de ofrecer un enfoque principal sobre el Pilar II “Desafíos mundiales y competitividad industrial europea”, se ofrece un “resumen de las orientaciones específicas de cada uno de los clústeres”; en este texto, se menciona a la economía circular en más de 50 ocasiones, a lo largo de todo el documento y con presencia en prácticamente todos los clústeres.

De este modo, por poner solo algunos ejemplos, en relación a la innovación en los ámbitos digital, industrial y espacial (Clúster 4) se considera que HE, “contribuirá a transformar la UE en una economía circular y climáticamente neutra”, y sus objetivos se centrarán fundamentalmente en conseguir industrias climáticamente neutrales, circulares y limpias; en lograr mayor autonomía de las materias primas críticas; o en fomentar soluciones tecnológicas y digitales que contribuyan a la descarbonización de sectores económicos claves (por ejemplo, energía, construcción, transporte). Con respecto al Clúster 5 (clima, energía y movilidad), también se insiste en que el objetivo es “transformar la UE en una sociedad climáticamente neutra y resiliente”, por medio de acciones que brinden soluciones de transporte competitivas y con bajas emisiones de carbono en todos los medios (carretera, ferrocarril, aviación y por agua). El clúster 6 (Recursos alimentarios y naturales, bioeconomía, agricultura y medio ambiente),  promoverá el conocimiento, desarrollará capacidades y soluciones innovadoras para acelerar la transición hacia una gestión y un uso sostenible de los recursos naturales terrestres y marinos, asegurando también la integridad del ecosistema como un desarrollo sostenible y el bienestar humano, incluida la seguridad del agua, la alimentación y la nutrición, en la UE y a nivel mundial”. Para lograr esto se considera primordial desarrollar acciones que vayan encaminadas a una mejor comprensión de los límites planetarios que facilite soluciones innovadoras para la gestión y el uso sostenible y circular de los recursos naturales, así como prevención y eliminación de la contaminación, garantizando suelos saludables y agua y aire limpios para todos, además de impulsar la competitividad, la creación de valor y puestos de trabajo atractivos.

Podría seguir citando innumerables ejemplos que, a lo largo de todo el documento de las orientaciones, instan a la consecución de un modelo circular basado en la innovación y en la investigación. Lo importante es que extraigamos la idea de que este Programa de financiación puede ser un auténtico revulsivo para que proyectos de economía circular puedan encontrar una salida y contribuyan a generar una sociedad más sostenible e inspirada en un modelo de desarrollo circular.

La economía circular es una prioridad para la UE y, en consecuencia, es un área igualmente prioritaria para HE, por lo que una enorme parte de la inversión y financiación de la UE va a ir destinada a este propósito. El enfoque que ofrece este Programa con respecto a la economía circular es muy amplio y transversal, por lo que los emprendedores, las PYMES o cualquier otra Institución que esté en búsqueda de financiación para su proyecto innovador, puede encontrar en Horiz


[1] Comisión Europea, 2020. Propuesta Modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa» y se establecen sus normas de participación y difusión. Bruselas. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52020PC0459&from=ES

[2] Comisión Europea, 2019. Europa en mayo de 2019: Preparación para una Unión más Unida, más fuerte y más democrática en un mundo sumido en una incertidumbre creciente (ES). Contribución de la Comisión Europea a le reunión informal de los dirigente de la EU-27 en Sibiu (Rumanía) El 9 de mayo de 2019. Futuro de Europa. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. Disponible en:

https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/comm_sibiu_06-05_es.pdf

[3] European Research Council, 2020. ERC SCIENTIFIC COUNCIL DISMAYED BY EUROPEAN COUNCIL PRESIDENT’S BUDGET PROPOSAL.  Disponible en: https://erc.europa.eu/news/erc-scientific-council-dismayed-european-council-president%E2%80%99s-budget-proposal

[7] La EOSC es ventanilla única virtual, en funcionamiento desde el 22 de noviembre de 2018, en la que los investigadores pueden almacenar sus datos de forma segura e intercambiarlos a través de las fronteras, no solo con otros investigadores y científicos, sino con el conjunto de la sociedad. La EOSC aboga por un modelo distribuido y por aprovechar las infraestructuras de investigación y los repositorios de acceso abierto ya existentes en el espacio europeo para fomentar una integración entre ellas, compartir resultados de investigación y herramientas que cubran todos los aspectos de la gestión de los llamados datos “FAIR” (fáciles de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables). Se puede consultar la nube en el siguiente enlace: https://www.eosc-portal.eu/

[8] Con respecto a esta cuestión, podría ser interesante consultar el Informe “Coherence and Synergies of candidate European Partnerships under Horizon Europe“, de muy reciente creación y disponible en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/research_and_innovation/funding/documents/ec_rtd_coherence-synergies-of-ep-under-he.pdf

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